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domingo, 26 de octubre de 2008

Un exito IURIS


ESFORZANDOSE SE CONSIGUE TODO


Este 22 y 23 de octubre se llevo a cabo el Seminario de Derecho Comercial y Laboral en el auditorio William Morris dentro de las instalaciones de la Universidad Católica de Santa María y organizado por el Centro de Investigación Iuris Veritatis, siendo todo un éxito y donde abarco toda clase de profesionales en el ámbito empresarial y laboral cuyas experiencias en estos ámbitos sirvieron de base para que la audiencia conformada mayormente de alumnos en pleno desarrollo de sus capacidades, logren entender como es que estas modificatorias de nuestra legislación como parte de adecuación para el TLC con EEUU afectan nuestra realidad actual.

Esto no pudo ser posible sin la participación de los miembros de Iuris y a los cuales expresamos nuestro mayor agradecimiento por su labor y esfuerzo para trasmitir estos nuevos conocimientos a la sociedad, y así, ser más concientes cada día.
A continuación algunos de los momentos vividos grabados por los lentes de una cámara que muestran nuestra labor y que compartimos con todos.



Presidente y Vice Presidente de la Comisión Organizadora.



Dr. Neyra recibiendo un reconocimiento por parte del Presidente de IURIS



Una muestra de los asistentes.

Comisión Organizadora

CENTRO DE INVESTIGACION IURIS VERITATIS

Concurso IURIS


BASES Y CRITERIOS DEL CONCURSO IURIS

“A la critica jurídica y acercamiento a la realidad”

Requisitos de Forma:


- Haber pagado el costo del seminario
- Trabajo remitir a la siguiente dirección electrónica: iuris.veritatis@gmail.com, con sus datos personales básicos como: nombres completos, dirección domiciliaria, correo electrónico, numero de celular, universidad de proveniencia y nombre o titulo de trabajo. El trabajo adjuntado al correo de iuris no tendrá referencia personal alguna del autor, esos datos se consideran adjuntos en el mismo correo mas no en el trabajo.
- Formatos del trabajo: mínimo 3 hojas y máximo 8 hojas, letra Arial 12 a un solo espacio.
- Estructura del trabajo: se considera una introducción, referencia al tema que desarrolla, contenido del trabajo propiamente que incluye la crítica y aportes o conclusiones.

Requisitos de Fondo:

- El tema a desarrollar será relacionado a los Decretos Legislativos desarrollados en el seminario, o algún punto desarrollado por el expositor.


Criterios a evaluar:

El jurado evaluador considerara sobre todo:

- Ortografía y conexión de ideas (5), es importante para todo abogado el correcto manejo de una sintaxis de ideas a la hora de escribir, así mismo, el respeto a signos de puntuación y un correcto desarrollo de la ortografía.
- Critica Jurídica (5), es necesario desarrollar una capacidad crítica sobre todo aquello que recibe como información, ayudando esto a formar una opinión sólida sobre algún punto de derecho, y no aceptar solo lo que dice la ley.
- Innovación (5). Es parte del operador jurídico no solo desarrollar una opinión a favor o en contra de alguna disposición, sino expresarla y sustentarla, el cual se distingue de otras fuentes por ser una opinión propia y personal de quien la propone.
- Aporte Jurídico (5), porque no solo se expresa la opinión de uno, sino que da soluciones a los problemas y trata de darles mayor sentido.

Jurado Evaluador:

El jurado evaluador estará integrado por algunos de los expositores del Seminario que tomaran en cuenta los criterios ya mencionados.

Fechas:


- Los trabajos se presentaran desde el día 24 de octubre hasta el 31 de octubre del 2008
- El proceso de evaluación se realizara hasta el 16 de noviembre.
- Del 17 al 30 de noviembre se hará conocer a los ganadores y entrega de premios.

jueves, 16 de octubre de 2008

Concurso Iuris


CONCURSO IURIS


Hola Chicos. Les informo que sobre la temática del concurso de presentación de artículos jurídicos acerca de temas del seminario:todos aquellos que se inscriban en el seminario de Derecho laboral y Comercial podrán participar de un concurso consistente en presentar un artículo sobre las ponencias desarrolladas durante el evento, así también sobre los decretos legislativos publicados referidos a las ponencias (1045, 1069, 1070, etc)Deben ser de 2 a 8 páginas interlineados y con bibliografía básica.Se podrán presentar del 24 al 31 de octubre remitidos al correo institucional de iuris (iuris.veritatis@gmail.com).

De ellos se escogerán a los 3 mejores, siendo los autores premiados con:



  • Primer puesto: Suscripción a Gaceta Jurídica (normas publicadas en el diario el peruano) por todo el año 2008 (enero a diciembre)Suscripción a Actualidad Jurídica de enero a diciembre del 2008.Suscripción al Diario Jurídico "La Ley" de enero a diciembre del 2008.Reconocimiento y Diploma Certificado por el Centro de Investigación Jurídica Iuris Veritatis y la UCSMPublicación del Artículo en la Revista Jurídica de Iuris Veritatis, a publicarse en diciembre del 2008.


  • Segundo Puesto:Libro sobre Derecho Probatorio del Doctor Percy Chocano.Reconocimiento y Diploma Certificado por el Centro de Investigación Jurídica Iuris Veritatis y la UCSMPublicación del artículo en la Revista Jurídica de Iuris Veritatis, a publicarse en diciembre del 2008.


  • Tercer Puesto:Código Civil y Procesal Civil Grijley 11º edicición, actualizado a setiembre del 2008, con todas las modificaciones dadas en materia procesal Civil, así como en Conciliación y Arbitraje.Reconocimiento y Diploma Certificado por el Centro de Investigación Jurídica Iuris Veritatis y la UCSMPublicación del artículo en la Revista Jurídica de Iuris Veritatis, a publicarse en diciembre del 2008.

Teniendo en cuenta que la suscripción de gaceta jurídica cuesta alrededor de S/. 1100.00

miércoles, 8 de octubre de 2008

Seminario en Derecho Comercial y Laboral

ACTIVIDADES MES DE OCTUBRE


Como sabran es parte de Iuris cada vez reforzar lo aprendido en la universidad y exponer nuevos temas de actualidad, es en este sentido que para este mes nos encontramos con un evento a realizar en temas de comercio y laboral apuntando a los ultimos Decretos Legislativos dados por el Ejecutivo en orden de regular las nuevas relaciones en favor del TLC firmado con EEUU, es en esta ocasion que tratamos temas que van desde el cambio a la ley de Mypes hasta las ajustes al Derecho del Consumidor, les adjuntamos el Afiche, esperamos contar con su participacion.


Datos Generales:



Lugar: UCSM auditorio William Morris

Fechas: 22 y 23 octubre

Inversion: S/. 15. 00

Ponentes:

- Dr. David Dongo Ortega

- Dr. Carlos Neyra Amat.

- Dr. Kenneth Del Carpio Barreda.

- Dr. Carlos Rodríguez Martínez

- Dr. Marco Falconi Picardo.

- Dr. Daniel Ugarte Mosajo









martes, 7 de octubre de 2008

Conociendo al equipo






CENTRO DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA “IURIS VERITATIS



El Centro de Investigación Jurídica Iuris Veritatis fundado el 17 de noviembre del año 2006, por iniciativa de estudiantes del Programa Profesional de Derecho de la Universidad Católica de Santa María, con el objetivo de promover la investigación en las Ciencias Jurídicas y ante la convergencia de ideales y objetivos, tratando de alcanzar la excelencia en la formación profesional y humanística, a la vez de ampliar los conocimientos obtenidos en la cátedra universitaria con el trabajo de análisis y exploración grupal.
Los trabajos realizados por Iuris Veritatis, son precisamente incentivar y promover el crecimiento profesional de sus miembros, es así como se busca que los mismos integrantes busquen el desarrollo de sus propias actividades por temas propuestos por ellos mismos y que encuentran en la investigación, mayores conocimientos para su vida y campo profesional;
En el presente año ha finales de junio que se realizo el I Conversatorio de Derecho Ambiental, organizado por el Centro de Investigación Iuris Veritatis, con propósito de elevar el nivel educativo en los estudiantes en esta materia; En cuanto a la proyección social se ha ratificado el compromiso asumido, de colaboración con las personas de escasos recursos económicos, a través de campañas de asesoramiento jurídico gratuito, permitiendo un acercamiento con la sociedad
El equipo que conforma actualmente la Asociación, se ha propuesto el lanzamiento de la Revista Jurídica IURIS VERITATIS, para fines de año, así como la realización del I Seminario de Legislación Comercial Y Derecho Laboral para el 22 y 23 de Octubre del 2008.
Actualmente el Centro De Investigación Jurídica Iuris Veritatis cuenta con los siguientes Miembros Activos:
ØJean Carlo Gonzalo Cuba Yaranga
ØJanio Ugo Zegarra Luna
ØEddy Huamán Valdivia
ØHernán Pedro Chávez Sosa
ØJosé Ccoa Ybárcena
ØJosé Antonio Alarcón Lázaro
ØGalvani Cárdenas Choque
ØPablo Antonio Cano Álvarez
ØHugo Hibrain Castañeda Gonzáles
ØMario Paúl Alejandro Flores Rivera



IURIS VERITATIS

2008

Derecho Procesal Civil



NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA




La Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta tal como se en el artículo 178º del Código Procesal Civil,, constituye un remedio de carácter extraordinario, excepcional y residual, que tiene por objeto rescindir (declarar la nulidad) de una sentencia o auto definitivo, por haberse seguido el proceso primigenio con fraude o colusión cometido por una o ambas partes, o por el Juez o por éste y aquellas, siempre que ambos casos, implique violación del debido proceso.

CARACTERISTICAS

Cabe distinguir en este proceso algunas características principales como son:

a) Se trata de un remedio excepcional, porque la causal para demandarla es específica, no admitiendo interpretación extensiva, integración analógica o materias distintas de las reguladas por el ordenamiento procesal, es decir, sólo procede cuando existe fraude o colusión; por ejemplo, cuando existe culpa o caso fortuito, no puede intentarse su iniciación, porque la norma adjetiva no lo tipifica.

b) Es residual, porque no puede ser utilizada si en el proceso existen mecanismos internos y ordinarios que puedan subsanar el vicio por fraude procesal. Es decir, que para iniciar el proceso nulificante, es necesario el agotamiento de todos los medios impugnatorios procedentes, o demostrar la imposibilidad de hacerlos valer dentro del mismo, de lo contrario no procede la demanda.

c) Es extraordinario, porque la demanda solo podrá interponerse, cuando el fraude procesal sea intenso, de manera tal, que mantener la cosa juzgada fraudulenta genere un atentado contra la justicia, incluso de existir duda el juez debe preferir la cosa juzgada y no la anulación en virtud del principio procesal in favor procesum, ya que sólo puede cuestionarse la autoridad de cosa juzgada recaída en una sentencia judicial, cuando esta decisión ha sido obtenida sobre la base de un engaño o confabulación que agravie a tal punto el espíritu de la justicia, que mantenerla sería una aberración.

d) Es de extensión limitada, porque al declararse fundada la demanda, se anulan sólo los actos procesales viciados de fraude, manteniéndose la validez de los restantes.

e) Sólo es posible demandar por la causal señalada cuando la cosa juzgada fraudulenta haya adquirido firmeza (sea definitiva).

EFECTOS DE LA SENTENCIA

El efecto jurídico que se logra con la sentencia que declara fundada la demanda, es levantar la autoridad de cosa juzgada formal en dicha resolución. Se anula el fallo denunciado de fraudulento, reponiendo las cosas al estado que corresponda. A causa del carácter excepcional y a la extensión restringida de esta institución, debe de afectar el menor número de actos posibles, absteniéndose de pronunciamentos sobre el fondo del asunto, es decir, sobre las pretensiones que se ventilaron en el proceso inicial, en los casos que haya amparado la demanda.

Por otro lado, hay quienes afirman que a un proceso de Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta se le puede oponer exitosamente la excepción de cosa juzgada. La debilidad de esta aseveración se demuestra al definir la cosa juzgada, que se presenta cuando un proceso culminado con resolución firme cierra la posibilidad de discutir la misma pretensión con los mismos sujetos participantes en una nueva causa. Es decir, la autoridad de la cosa juzgada impide la posibilidad de discutir nuevamente una cuestión en donde exista, respecto del causa precursora, identidad de partes (subjetiva) y de pretensión (objetiva). En esta línea de ideas, cuando se demanda Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta no se afecta la autoridad de la cosa juzgada por una razón muy sencilla: aún existiendo identidad subjetiva, en ningún caso habrá una identidad objetiva. No opera la autoridad de la cosa juzgada sobre cuestiones que no fueron objeto de un proceso ni mucho menos motivo de una resolución firme.

Finalmente, para dar una opinión al respecto, consideramos debería quitársele la expresión "nulidad de cosa juzgada fraudulenta", y cambiar el nomen iuris por "revisión civil por fraude procesal". Así le daremos un carácter de pretensión impugnatoria y ya no frente a la colusión y el dolo, que son muy difíciles de probar, sino tratando de determinar en qué circunstancias aparecen elementos indiciarios o concluyentes de la existencia de un fraude procesal. Al respecto, cabe señalar que por fraude procesal debe entenderse todo acto u omisión dolosa por la cual se obtiene una situación procesal favorable. Asimismo, podría establecerse quiénes quedan legitimados para el ejercicio de esta acción. No solamente limitar la figura a las partes, sino también, tanto al tercero legitimado que participó del proceso, entendido a tal como la persona que, sin haber participado del proceso es afectado en forma directa por la sentencia cuya decisión fue dictada en condiciones de fraude procesal.


Bibliografía:

- Encuentro Institucional: “Avances del Plan Nacional de la Reforma Integral de la Administración de Justicia”, “Propuestas de Reforma Normativa planteadas por la CERIAJUS”, discurso de Fernando Vidal Ramírez.
- “Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta”, Doctrina y Jurisprudencia”, Cesar Castañeda Serrano Instituto de Investigación y Defensa del Derecho de Acceso a la Justicia, 1999.
- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta y Debido Proceso; Ponencias del 1 Congreso Procesal, ponencia de Roger Zavaleta, Lima.



José Antonio Alarcón Lázaro.Centro de Investigación Jurídica Iuris Veritatis.

miércoles, 1 de octubre de 2008

Congreso de Constitucional

Siguiendo con las actividades

Hace poco se realizo en nuestra ciudad de Arequipa la IX version del Congreso Nacional en Derecho Constitucional que no solo conto con ponentes de la talla de Garcia Belaunde o los miembros del propio Tribunal Constitucional, sino que conto con ponentes de trayectoria internacional como es el Dr. Fix Zamudio entre otros, en fin, un evento que merece la pena contar y que se desarrolla cada 4 años y que es un deber asistir.

Como parte de estas actividades Iuris (para los que nos conocen) no se queda atrás , sino que fuimos participes de este gran evento, ayudando en la cordinacion y ejecucion del mismo; solo nos queda invitar al estudianto de derecho y toda aquella persona interesada en estos temas constitucionales, a no perderse eventos como este, que en la ciudad son pocos, pero valen la pena.





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